¿Qué caldera debo instalar según la nueva normativa?
El RITE (Real Decreto de Instalaciones Térmicas en Edificios) de abril de 2013 modificó los requisitos que debe cumplir una caldera para su instalación en una vivienda.
La normativa marca que en obra nueva siempre se debe instalar una caldera de condensación.
En el caso de substitución de una caldera por otra, en función del tipo de vivienda e instalación, se optará por una clase u otra.
Caldera atmosférica
Su instalación está prohibida en viviendas. Sólo se puede instalar en salas de calderas con extracción de aire independiente.
Caldera estanca
Las calderas estancas sólo se puede instalar en viviendas unifamiliares aisladas (no adosadas). En bloques de pisos se puede instalar sólo si la extracción de humos se hace en la cubierta del edificio (tejado). Hay que tener en cuenta los metros máximos de chimenea marcados por el fabricante para verificar que la caldera funcionará correctamente.
Caldera de clase 5
En caso de que no ser posible la instalación de una caldera estanca, se optará por una de bajo nivel de emisiones de NOX. Esto engloba las estancas de bajo NOX y las calderas de condensación. En este tipo de calderas la normativa permite la extracción de humos directamente a la fachada o a un patio de ventilación interior. Recuerda que para la caldera de condensación hay que prever la instalación de un desagüe.
Actualización 2015: Nueva normativa europea de eficiencia energética
El pasado 26 de septiembre de 2015 entró en vigor la nueva normativa europea sobre eficiencia energética ErP/ELD.
Esta normativa se incluye dentro de un paquete de medidas, con el que los miembros de la Unión Europea se comprometen a reducir las emisiones de CO2 en el año 2020.
La regulación entró en vigor en octubre de 2009, pero se dio un plazo de adaptación hasta el 26 de septiembre de 2015. Desde ese día ya no se puede fabricar ni introducir en el mercado ningún equipo generador de calor, caldera o depósito de agua caliente sanitaria que no cumpla con la normativa.
La directiva tiene dos líneas de actuación:
ErP (Energy related Products): afecta a los productos del sector de la energía y regula la eficiencia energética (rendimiento) y las emisiones que producen.
ELD (Energy Labelling Directive): establece como obligatoria la etiquetación sobre eficiencia energética de los equipos. Esta etiqueta se entrega junto con la documentación del aparato y en ella se detalla claramente la calificación energética y el nivel de sonoridad del mismo. Las etiquetas son similares a las que ya se daban al comprar una lavadora o nevera.
El etiquetado será obligatorio tanto para equipos individuales como para el conjunto de equipos que componen una instalación de climatización. En el caso de una instalación en la que interactúan diferentes sistemas (por ejemplo, el uso combinado de gas y energía solar) deberá ser el instalador quien proporcione la etiqueta energética del conjunto completo.
¿Cómo afecta esta normativa?
La nueva regulación prohíbe a los fabricantes producir y poner en el mercado cualquier equipo que no cumpla con los requisitos. Sin embargo, no prohíbe la venta de los equipos con fecha de fabricación anterior y que ya estén desde hace tiempo disponibles en el mercado.
Debido a este cambio hay tecnologías que acabarán desapareciendo de la venta a medida que las existencias de los productos ya fabricados se vayan agotando.
En el caso de las calderas de gas desaparecerán la caldera estanca y la de Bajo Nox (la atmosférica ya estaba prohibida para viviendas). A partir de ahora solo se podrán fabricar calderas de condensación debido a su alto rendimiento, su bajo consumo y las bajas emisiones de CO2 y NOX.